DERECHO PROCESAL PENAL
El juicio por delito leve
- Actualizado: 31 de marzo de 2026
- Tiempo de lectura: 6 minutos

Tabla de contenidos
1.- ¿Qué es el juicio por delito leve?
2.- ¿Dónde se regula el proceso juicio por delito leve?
3.- ¿Cómo se inicia el juicio por delitos leves?
4.- Las fases del acto del juicio oral por delitos leves
5.- ¿Cuáles son los delitos en los juicios por delito leve?
5.1.- Delito leve de lesiones
5.2.- Delito leve de amenazas
5.3.- Delito leve de hurto
5.4.- Delito leve de coacciones
6.- ¿Cómo puede ayudar un abogado especializado?

Este artículo está escrito con el objetivo de informar al usuario sobre el sentido o la definición del procedimiento de jucio por delito leve, explicar dónde se encuentra regulado en la legislación penal española, cómo se desarrolla el curso del proceso penal y qué delitos son los que habitualmente se investigan y se enjucian por este tipo de procedimiento especial.
Tanto si eres un estudiante de derecho, un operador jurídico o una persona que ha surfrido o se encuentra investigado por un delito leve, después de leer este artículo quedarás instruido convenientemente sobre el tema. No esperes más y conoce todo sobre el juicio por delito leve.
¿Qué es el juicio por delitos leves?
El juicio por delito leve será aquel procedimiento penal por el que deba tramitarse la investigación de unos hechos que revistan carácter de delito leve, que serán aquellos que conlleven aparejada una pena máxima de 3 meses, como ya explicamos en nuestro artículo sobre la pena en los delitos.
Entre las características principales de este tipo de proceso penal se encuentran:
- Que no requiere de detención e inmediata puesta a disposición judicial del denunciado.
- Que tanto la investigación de los hechos, mediante la práctica de la prueba, como su enjuiciamiento, se realizan en unidad de acto en el juicio por delitivo leve que señale el Juzgado.
- Hay delitos leves que solo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada y no podrán serlo de oficio, salvo que se cumpla con ese requisito.
Una vez que ya sabemos las características principales de este tipo de procedimiento, en los siguientes apartados indagamos sobre su regulación en la ley procesal y los cauces por los que debe desarrollarse este proceso penal.
Juicio por delito leve LECrim: ¿Dónde se regula?
El procedimiento penal para el juicio sobre delitos leves viene regulado en el Libro VI de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en concreto de su artículo 962 al 977.
En este Libro de la ley procesal penal se recoge el desarrollo del proceso de su inicio hasta su finalización, incluyendo los recursos que cabrían interponer contra la sentencia que ponga fin al juicio por delito leve.
Si quieres saber más sobre la detención, el atestado policial y el inicio de la causa penal por delito leve en los Juzgados, continúa leyendo a continuación.
¿Cómo se inicia un juicio por delito leve?
Cuando se estuvieran investigando unos hechos por un delito leve de lesiones o de maltrato de obra, de hurto flagrante, delitos de amenazas y coacciones o de injurias, cuyo enjuiciamiento corresponda al Juzgado de Instrucción, se seguirá por el Juez los trámites procesales del delito leve.
El atestado policial y la citación de las partes
La policia judicial, una vez tenga constancia de unos hechos que presenten carácter delictivo y sean encuadrables dentro de los denominados delitos leves, citará al denunciante, al denunciado y a los testigos ante el Juzgado de Guardia competente.
Asimismo, remitirá el atestado policial al Juzgado de Guardia que será el encargado de la práctica de la prueba y del enjuiciamiento de los hechos.
Actuación del Juzgado competente tras recibir el atestado
Recibido el atestado por el Juzgado competente, el Juez dictará auto de incoación (resolución de inicio de procedimieto penal) y podrá decidir en uno de estos dos sentidos:
1.- Sobreseer el procedimiento ante la escasa gravedad de los hechos, atendiendo a la circunstancias del mismo, las personales del autor del delito penal, cuando no exista interés público en la persecución del hecho.
La resolución de sobreseimiento y archivo del proceso penal de juicio por delito leve deberá ser notificada a la victima o perjudicado del delito y podrá ser recurrida.
2.- Acordar la inmediata celebración del juicio por delito leve, siempre y cuando hubieran comparecido las personas consideradas imprecindibles para la celebración del acto, o bien se citará de nuevo a las partes intervinientes para otra fecha cuando resulte imposible la práctica de una diligencia de prueba necesaria.
Si se decidiera el enjuiciamiento de los hechos investigados, se citará para la celebración del juicio por delitos leves a los perjudicados u ofendidos del delito, a los denunciados, a los testigos y a los peritos.
A los denunciados se les dará copia del denuncia y del atestado y se avisará a las partes en la propia citación de que podrán comparecer asistidos de abogado y que deberán acudir con los medios de prueba que intenten valerse o solicitar la práctica de alguna diligencia de prueba cuando no se tenga acceso a ella.
Los testigos y los peritos que fueran citados tendrán la obligación de comparecer ante el Juzgado con apercibimiento de sanción de multa de 200 a 2000€, conforme al art. 967.2 de la LECrim.
¿Se puede suspender un juicio por delito leve?
Se podrá suspender el señalamiento para la celebración de un juicio por delito leve siempre y cuando exista un motivo justo. En estos casos, el Letrado de Administración de Justicia señalará nueva fecha dentro de los sietes días siguientes, si fuera posible.
Fases del acto del juicio por delito leve
Si te estás preguntado ¿Cuánto dura un juicio por delito leve? La duración de un juicio por delito leve dependerá del volumen de la prueba a practicar en el acto del juicio, pero normalmente suele finalizar en una sola sesión o audiencia.
En cuanto al desarrollo del juicio por delito leve, el mismo viene regulado en el artículo 969 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y consta de las siguientes fases:
1º.- Lectura de la denuncia o la querella
El acto del juicio por delito leve comenzará con la lectura de la denuncia o la querella por parte del Juez instructor, quién informará al denunciado de manera verbal sobre los hechos por lo que ha sido denunciado.
2º.- Proposición y práctica de las diligencias de prueba
Tras ello, el Juez dará la palabra a las partes, el Ministerio Fiscal y el abogado de la acusación particular, como acusadoras, y al abogado del denunciado, como defensa, para que propongan la práctica de la prueba que consideren pertinente para el esclarecimiento de los hechos.
Admitida la prueba por el Juez, se procederá a su práctica en el siguiente orden:
1º La declaración del denunciante.
2º La declaración del denunciado, aunque podrá solicitar declarar el último lugar.
3º La declaración de los testigos.
4º La declaración de los peritos.
Una vez celebrada toda la práctica de la prueba, el Juez dará por concluido el trámite y continuará el acto del juicio penal para la emisión del informe final por las partes.
3º.- Informe final de las partes
En último lugar y para finalizar el acto del juicio por delito leve, las partes acusadoras y las defensas, emitirán oralmente sus conclusiones, valorando la prueba practicada y solicitando lo que consideren respecto a sus pretensiones de condena, de responsabilidad civil y sobre las costas.
Los informes serán emitidos en primer lugar por el Ministerio Fiscal, a continuación por el abogado del denunciante y, por último, por el abogado del denunciado.
4º.- Sentencia delitos leves
Una vez celebrado el acto del juicio penal, en el propio acto o dentro de los tres días siguientes, el Juzgado deberá dictar sentencia de delitos leves. En la resolución se valorarán por el Juez las pruebas practicadas y las razones expuestas por las partes.
La sentencia dictada deberá ser notificada a la partes intervientes en el juicio por delito leve, haciéndose constar los recursos que caben contra ella, el plazo para interponerlo y el órgano ante quién haya de interponerse.
5º.- Recurso de apelación contra sentencia
Si la resolución fuera desfavorable, el artículo 976 de la LECrim establece que será recurrible a través del recurso de apelación en el plazo de 5 días desde su notificación a las partes.
El proceso y trámite que se seguirá para el recurso de apelación penal será el previsto del artículo 790 al 792 de la LECrim.
Finalmente ésta segunda sentencia de delito leve dictada en segunda instancia resolviendo el recurso de apelación, no será recurrible conforme al artículo 977 de la ley procesal penal.
Podemos ayudarle con abogados especialistas
Contamos con abogados penalistas con experiencia en juicios por delitos leves
¿Cuáles son los delitos penales en estos juicios leves?
Los delitos más habituales en los trabajan nuestros abogados penalistas en procedimientos penales de juicio por delito leve suelen los siguientes:
Juicio por delito leve de lesiones
Sin duda, uno de los delitos penales que se tramitan por los trámites del juicio por delito leve, siempre y cuando las lesiones sufridas por la victima del delito únicamente hayan requerido de primera asistencia médica, pero no de un tratamiento quirúrgico y asistencial posterior.
Por lo tanto, se investigarán y se enjuciarán hechos delictivos de lesiones leves o de maltrato de obra, previstos en el artículo 147.2 y 147.3 del Código Penal, respectivamente y solo serán perseguibles a instancia de la persona agraviada, como así estipula el apartado cuarto del citado artículo 147 del Código Penal.
Juicio por delito leve de amenazas
Si la comisión de un delito de amenazas fuera tramitado por el proceso penal previsto para la investigación y el enjuiciaimiento de delitos leves, el Juez dictará resolución en forma de auto donde dispondrá «incoese juicio por delito leve» por un delito de amenazas leves tipificado en el artículo 171.7 del Código Penal, procediendo seguidamente a citar a las partes y a terceros para la celebración del acto del juicio penal.
Juicio por delito leve de hurto
Otro delito que suele tramitarse por este proceso penal para delitos leves son aquellos hechos relacionados con los hurtos, siempre y cuando el delito de hurto sea de carácter leve y que se haya descubierto de manera flagrante, es decir, mientras se producía o se llevaba a cabo por los partícipes, ya sea por la policía o por cualquier otra persona, lo que permitirá indentificar a los autores del delito tras su detención.
Una vez identificados los partícipes del delito, la policía les citará junto con el denunciante y los testigos para celebrar el juicio por delito leve cuando corresponda, previo envio del atestado policial al Juzgado competente.
Juicio por delito leve de coacciones
El delito de coacciones también podrá ser tramitado por los cauces del juicio por delito leve, siempre y cuando los hechos investigados se enmarquen dentro del artículo 172.3 del Código Penal, que es el precepto penal donde se tipifica la conducta de coacciones leves.
¿Cómo puede ayudarte un abogado penalista?
Ya sea como acusación o como defensa, te asesoraremos y acompañaremos desde el inicio del procedimiento penal hasta su finalización, buscando los mejores resultados para tus derechos e intereses.
Disponer de buenos abogados penalistas que estén especializados en juicio por delito leve, marcará la diferencia en el resultado de la sentencia, ya que se trata de un proceso penal rápido y sin fase de prueba, lo que obliga a preparar toda la prueba con anticipación antes del acto del juicio por delito leve.
Entre las funciones claves de nuestros abogados penalistas se incluyen:
1.- Asesoramiento legal: Explicar las posibles penas a las que se enfrenta el denunciado, la valoración de la responsabilidad civil en la que haya incurrido por el delito cometido y cómo preparar la estrategia jurídica del juicio por delito leve.
2.- Presentación de denuncia y pruebas: Antes de presentar el escrito de denuncia, reuniremos las pruebas que pretendamos presentar ante el Juez y solicitaremos aquellas de las que no tengamos disposición, como nueva documental, peritos o testigos.
3.- Defensa en juicio: Representamos a nuestros clientes en el acto del juicio oral penal por delito leve que se celebre. Propondremos y practicaremos las pruebas en el juicio y solicitaremos el dictado de una sentencia favorable para los derechos y libertades de nuestros defendidos.
Por tanto, si has sufrido un delito o te acusan de ello, deja que valoremos si se trata de un delito leve y, de ser así, confía tu representación legal en los abogados especialistas en Derecho Penal de nuestro bufete de abogados.

ABOGADOS DELITOS LEVES
Contenido verificado por:
Víctor T. González Aguado
Abogado col. 121401 ICAM