DERECHO PROCESAL LABORAL
El proceso laboral para 2025: todas sus fases
- Actualizado: 24 de enero de 2025
- Tiempo de lectura: 4 minutos

Tabla de contenidos
1.- ¿Dónde se regulan las fases del proceso laboral?
2.- ¿Cuáles son las fases del proceso laboral?
3.- El paso a paso del proceso laboral
3.1.- Fase de conciliación y reclamaciones previas
3.2.- La demanda laboral y su contestación
3.3.- Acto de conciliación y juicio laboral
3.4.- La sentencia laboral
3.5.- La ejecución de títulos judiciales
Contenido verificado por:
Víctor T. González Aguado
Abogado col. 121401 ICAM
Abordamos en este artículo sobre derecho procesal laboral las distintas fases que componen el proceso desde el inicio hasta su finalización.
Si quieres estar informado con nuestros abogados laboralistas de cada una de las etapas por las que se desarrolla un caso laboral y dónde vienen reguladas cada una de ellas, te lo explicamos de manera simple y sencilla.
Ya seas trabajador, empresario, un estudiante o un curioso del Derecho, no pierdas la atención, continúa leyendo y entérate de como funciona el proceso laboral.
¿Dónde se regulan en la ley procesal laboral?
Cada una de las fases del proceso laboral se encuentran regulados en la ley procesal laboral vigente que es la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (en adelante, LRJS).
En concreto, al igual que explicamos en el artículo web sobre los tipos de procedimientos laborales, se podría decir que fases por las que componen el proceso laboral abarcan desde el artículo 63 al 100 de la Ley reguladora de la jurisdicción social, es decir, desde el inicio, con el trámite de evitación del proceso o agotamiento de la vía administrativa previa, hasta su finalización, con el dictado de la sentencia.
¿Cuáles son las fases del proceso laboral?
En este apartado te mostramos un listado sobre todas y cada una de las fases que forman el proceso laboral:
- La presentación de la papeleta de conciliación y la celebración acto de conciliación laboral. Si tu caso laboral por razón de materia requiere de la celebración de un acto de conciliación previo a la vía judicial, tienes que presentar una papeleta de conciliación ante el Servicios de Conciliación, Mediación y Arbitraje (en adelante, SMAC) competente para iniciar el proceso laboral.
- Agotamiento de la vía administrativa previa. En otras ocasiones, tu caso laboral puede requerir del agotamiento de la vía administrativa previa. Mediante la presentación del escrito de reclamación ante el organismo administrativo que corresponda agotarás esta reclamación previa y, en caso de desestimación de tus pretensiones, podrás acudir a la vía judicial.
- Presentación de reclamación previa ante el INSS. En materia de prestaciones de la Seguridad Social, al igual que ocurre con los dos procesos laborales anteriores, también tendrás que agotar esta vía antes de interponer una demanda judicial ante los Juzgados, evidentemente, siempre y cuando te hayan negado lo solicitado.
- Presentación de la demanda laboral. Una vez desestimadas tus pretensiones en cualquiera de las fases previas de evitación del proceso judicial laboral, no te quedará más remedioque interponer una demanda laboral ante los Juzgadoso Tribunales competentes para tramitar el proceso penal.
- Conciliación judicial y celebración del juicio laboral: Señalado la fecha para la celebración del acto de conciliación en sede judial y del juicio laboral, las partes llegarán a un acuerdo en conciliación o, sino fuera posible, se procederá seguidamente a la celebración del acto del juicio.
- Sentencia judicial laboral. Celebrado el juicio, el Juzgado dictará sentencia en el plazo establecido para ello, siempre y cuando fuera posible.
- Recursos contra la sentencia laboral. Contra la sentencia que ponga fin al proceso labora se podra interponer recurso, siempre y cuando venga estipulado en la ley procesal laboral, ya que hay sentencias contra las que no cabe recurso.
- Demanda de ejecución. Habrá que iniciar el procedimiento de ejecución cuando la parte condenada no cumpla con el fallo de la sentencia, presentado un escrito de demanda de ejecución forzosa.
Ya sabemos cuáles son las fases del proceso laboral vigentes en la ley procesal laboral, pero no en profundidad. Si quieres saber más sobre cada etapa y conocer al detalle la naturaleza y el funcionamiento de cada una de ellas, en el siguiente punto tienes todos los detalles.
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El paso a paso del proceso laboral
La ley procesal laboral define y regula los tipos de procedimientos laborales existentes para casa una de las materias.
El objeto de nuestro caso laboral y la acción que queramos ejercitar en defensa de nuestros derechos laborales definirá el proceso o procesos que debemos seguir para una satisfactoria finalización de nuestro asunto legal.
Presentación de la papeleta de conciliación SMAC
La presentación de la papeleta de conciliación por el trabajador ante el órgano o servicio administrativo previo será requisito obligatorio para la tramitación del proceso laboral, tal y como marca la ley procesal laboral en su artículo 63.
Será necesario iniciar esta fase de conciliación o mediación laboral, según corresponda, en todas materias laborales excepto en aquellas previstas en el artículo 64 de la LRJS.
Una vez se presente la papeleta de conciliación, en ese mismo momento, se citará al interesado/solicitante para la celebracion del acto de conciliación laboral ante el SMAC.
Acto de conciliación laboral
Una vez presentada la papeleta de conciliación pertinente, las partes acudirán al acto de conciliación laboral ante el SMAC con el objetivo de intentar alcanzar un acuerdo que evite la continuación del proceso y la vía judicial, como así obliga el art 66 LRJS.
Si hubiera acuerdo entre las partes, se homologará y el letrado conciliador emitirá acta de conciliación laboral con avenencia. Si no lo hubiera, dictará acta de conciliación sin avenencia, autorizando continuar el proceso laboral.
Si quieres saber todos los detalles sobre como se desenvuelve el acto de concialición, las consecuencias de no asistir de cualquiera de las partes y los efectos tras el dictado del acta, clíque en nuestro artículo sobre el acto de conciliación laboral.
Presentación de la reclamación administrativa previa
Como bien sabrás, antes de demandar por la via judicial a cualquier órgano administrativo (Estado, Comunidades Autónomas, Ayuntamientos o entidades de Derecho Público), deberás agotar la vía administrativa previa presentando un escrito de reclamacion ante la administración como interesado.
Esta fase del proceso laboral se encuentra normativizada en el artículo 69 de la LRJS.
Presentación de la reclamación previa INSS
Al igual que ocurría con la reclamación administrativa previa, para demandar como interesado en materia de prestaciones de Seguridad Social, tendrás que presentar una reclamación previa ante la entidad gestora de las mismas en el plazo de 30 días desde la fecha de notificación de la resolución y ante el órgano que la hubiera dictado. Así lo dispone el art 71 LRJS.
Interposición de la demanda laboral
Si no hubiera existido acuerdo entre las partes en el acto de conciliación o tus pretensiones no hubieran sido estimadas tras la reclamación administrativa previa, tendrás que presentar un escrito de demanda laboral ante los Juzgados o Tribunales.
La demanda laboral tiene que cumplir con una serie de requisitos procesales de contenido y de forma conforme exige el artículo 80 de la LRJS.
Si quieres saber todo sobre el contenido, la forma y los efectos tras su presentación entra aquí e instruyeté correctamente.
La contestación a la demanda laboral
Si has recibido una demanda, a su vez, en la misma resolución habrás sido citado para la celebración del acto de conciliación judicial y del juicio laboral.
Puede que sea tu primera noticia o que hayas celebrado con anterioridad el acto de conciliación laboral, por lo que no te pillará de nuevas.
No te preocupes, tendrás que contestar a la demanda laboral en el acto del juicio y podrás defender tus derechos laborales ante los Juzgados o Tribunales, como así señala el artículo 85.2 de la LRJS.
Acto de conciliación judicial y celebración del juicio laboral
Los actos de conciliacion y juicio se encuentran regulados en la Sección 2ª del Capítulo II del Libro II de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
En esta sección se da tratamiento a las razones que pueden conllevar la suspensión de los actos y el desarrollo de ambos, tanto el de conciliación judicial como la vista del juicio laboral hasta su finalización.
Entra aquí y descubre la guía para 2025 sobre el acto de concilliación y la regulación del juicio por el derecho procesal laboral.
La sentencia laboral tras el juicio
El Juez o Tribunal de lo Social que haya sido el encargado de la tramitación y el enjuiciamiento del proceso laboral, tras la celebración del juicio oral, conforme marca el artículo 97 y siguientes de la LRJS, deberá dictar sentencia sobre los hechos y las pretensiones de las parte involucradas en el litigio laboral.
Pinche aquí para saberlo todo sobre la forma de las sentencia laboral y sus requisitos.
Los recursos contra la sentencia judicial en el proceso laboral
Todas las resoluciones judiciales que sean dictadas por los jueces en los diferentes procedimientos laborales podrán ser impugnadas o recurridas por la parte que se muestre disconforme con las mismas.
Para saber más sobre los diferentes recuros y sus características, consulte del artículo 186 al 235 de la ley procesal laboral y mejor, si lo quiere facilito, el artículo sobre los recursos posibles en la jurisdicción social.
Interposición de la demanda de ejecución de sentencia
Una vez firme la resolución judicial o no judicial que ponga fin al procedimiento laboral, si el condenado no diera cumplimiento a la misma en el plazo establecido legalmente para ello, el demandante podrá ejecutar el titulo correspondiente solicitando el Juzgado o Tribunal que haga lo conducente para dar cumplimiento al fallo de la resolución.
Esta fase del proceso laboral se encuentra regulada de Libro IV de la ley procesal laboral española, en su artículo 237 y siguientes de la LRJS.
¿Por qué contar con un abogado especializado?
Desde nuestro bufete de abogados recomendamos ponerse en manos de especialistas en Derecho Laboral para recibir un asesoramiento legal adecuado antes de iniciar cualquier reclamación, ya sea contra su empresa o contra la administración.
Como has podido comprobar leyendo este artículo, el proceso laboral y las fases que haya que celebrar dependerá de la materia laboral sobre la que trate tu caso concreto, por ello hay que conocer bien todos los procesos laborales, sus fases y las características y particularidades de cada uno de ellos.
No te lo pienses y ponte en manos de abogados laboralistas que diseñen la mejor estrategia jurídica para defender tus intereses y derechos laborales, aquí o en otro despacho, no importa.

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