DERECHO CIVIL

Las medidas paterno filiales

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Conoce las medidas paterno filiales, cómo establecerlas y cómo modificarlas.

Índice

    Este artículo trata sobre el término de las medidas paterno filiales para explicar cuál es su función, dónde se encuntran reguladas cada una de ellas, quién y cuando se puede pedir su fijación, ante quién y que tipo de procedimiento civil hay que seguir para dar inicio a las acciones judiciales pertinentes para ello.

    Si quieres estar informado sobre esta cuestión, comienza a leer este artículo legal escrito por abogados especialistas en derecho civil en el ámbito de la familia y en la resolución de conflictos legales en este tipo de material civil habitualmente tratada en nuestros Juzgados y Tribnales españoles.

    ¿Qué son las medidas paternofiliales?

    Las medidas paterno filiales serán aquellas que regulen la relación de los padres con sus hijos tras la separación, el divorcio o la nulidad del matrimonio de los progenitores y podrán establecerse de mutuo acuerdo o de manera contenciosa.

    Éstas medidas podrán establecerse:

      • En un convenio regulador, cuando exista acuerdo entre los padres.
      • En una sentencia judicial, cuando no haya consenso entre ellos.

    Si quieres saber como se solicita su determinación, continúa leyendo en el siguiente apartado.

    ¿Quién puede solicitar las medidas paternofiliales?

    Cualquier progenitor que tenga hijos menores de edad, dependientes económicamente o con discapacidad puede solicitar estas medidas.

    ¿Cómo se solicita la determinación de las medidas?

    Para la determinación de las medidas paterno filiales ambos padres, de mutuo acuerdo, podrán inciar el proceso de separación o de divorcio con la interposicion de una demanda civil ante los Juzgados de Primera Instancia competentes acompañando el convenio regulador acordado entre los progenitores que contenga las medidas que regularan las relaciones con sus hijos.

    Otra opción que tienen, mucho más rápida y económica, será la aprobación de las medidas reguladoras mediante la aprobación de un convenio regulador ante el Letrado de Administración que dictará un decreto o por la vía de la escritura pública ante notario.

    Si no existiera acuerdo, el conyuge que quiera iniciar la separación o el divorcio podrá hacerlo presentando una demanda ante los Juzgados civiles solicitando en dicho escrito las medidas paternofiliales que quiera establecer judicialmente.

    Delito de agresión sexual

    Tipos de procedimientos para establecer las medidas paterno filiales

    Como acabamos de ver las opciones existentes para establecer entre los padres las medidas que regularán la relación con los hijos serán las siguientes:

      • Mutuo acuerdo entre los padres a través de:
        • Demanda judicial de aprobación de convenio de mutuo acuerdo.
        • Aprobación del convenio regulador ante el Letrado de la Administración de Justicia.
        • Aprobación del convenio regulador ante notario mediante escritura pública.
      • De manera contenciosa mediante la interposición de una demanda ante los Juzgados o Tribunales.

    Ahora que ya tenemos claras las modalidades reguladas legalmente vamos a ver que consiste cada una de ellas.

    Procedimiento de mutuo acuerdo

    Cuando los progenitores llegan a un acuerdo sobre la custodia, visitas y manutención, presentan un convenio regulador para su aprobación ante el juez, ante el letrado de la administración de justicia o ante el notario.

    Si el convenio regulador se ha presentado mediante demanda mutuo acuerdo ante el Juzgado, el Ministerio Fiscal revisará que el acuerdo respete los derechos del menor y emitirá informe que, si es favorable, el juez usualmente lo aprobará.

    Procedimiento contencioso

    Si no hay acuerdo, se debe iniciar un proceso judicial de familia en el que un juez determinará las medidas paternofiliales mediante sentencia, tras evaluar la situación de los hijos menores, escuchar a ambas partes, al Ministerio Fiscal y al equipo de profesionales adscrito al Juzgado, si esto fuera necesario.

      Medidas provisionales y urgentes en casos excepcionales

      Cuando la situación así lo requiera, cualquiera de los progenitores puede solicitar medidas provisionales antes de la interposición de la demanda judicial, aunque deberá reafirmarse en las mismas con la presentación del escrito de demanda.

      La resolución por la que se dicten las medidas provisionales podrá ser modificada en la sentencia final tras la celebración del jucio de familia pertienente, donde serán escuchadas todas partes, los hijos y el Ministerio Público.

      La demanda de medidas paterno filiales y el convenio regulador.

      Conforme marca el artículo 90 del Código Civil, la demanda de medidas paterno filiales se acompañará de un convenio regulador donde se establezcan que, al menos, deberá contener las siguientes:

        • La patripotestad: los padres en el convenio regulador o el Juez mediante resolución motivada podrá acordar que la patria potestad sea ejercida por uno o por ambos progenitores.
        • La guarda y custodia: siempre será compartida si así lo solicitasen los padres en el convenio regulador o cuando lleguen a ese acuerdo durante el curso del proceso judicial, aunque, antes de dictar sentencia, el Juez solicitará traslado de informe al Ministerio Fiscal y escuchará a las partes y a los menores, en su caso, para decidir sobre la idoneidad de la atribución de la guardia y custodia de los hijos menores.
        • La atribución del uso de la vivienda familiar: en la misma decisión judicial se determinará sobre la atribución de la vivienda familiar y su uso, cuestión directamente relacionada con la régimen de guardia y custodia. En caso de desacuerdo el Juez atribuirá su uso a los hijos menores y al conyuge en cuya compañía queden.
          Si no hubiera hijos, podrá adjudicarse su uso al conyuge no titular de la vivienda por un tiempo prudencial, atendiendo a las circunstancias siempre en interés del cónyuge más necesitado de protección, como así lo prevee el artículo 96.2 del Código Civil.
        • El régimen de comunicación y visitas de los progenitores: la medida a este respecto también deberá decidirse en la misma sentencia civil que establezca las medidas paterno filiales.
          Se encuentra regulada en el artículo 94 del Código Civil, permitiendo al Juez adoptar la decisión que considere respecto del régimen de visitas, previa audiencia de los hijos y del Ministerio Fiscal, pudiendo llegar a suspender o limitar la medida paterno filial ante circunstancias relevantes, por reiterados incumplimientos o cuando se encuentre uno de los padres incurso en un proceso penal por violencia de género o intrafamiliar o está ya se encuentre cumpliendo pena de prisión.
        • Las cargas familiares y la pensión de alimentos: cuestión regulada en el artículo 93 del Código Civil que faculta al Juez para determinar la contribución de cada progenitor a satisfacer los alimentos de sus hijos, adoptando las medidas convenientes para asegurar la efectividad de la medida conforme a las circunstancias y necesidades de cada uno de los hijos, ya sean menores o mayores de edad o emancipados sin ingresos propios.
        • Determinación de la estancia y reparto de cargas de los animales de compañía: atendiendo al interés de la familia y el bienestar animal, con indepencia de la titularidad del animal. Esta medida deberá ser anotada en el registro de identificación de animales, como así se recoge en el artículo 94 bis del Codigo Civil.
        • La liquidación del régimen económico matrimonial: la disolución o la extinción del régimen económico matrimonial que rigiera entre los cónyuges se producirá una vez se dicte en el proceso la sentencia firme, el decreto firme o la escritura formalizando el convenio regulador. Si hubiera acuerdo también podrá acordar su liquidación – ex art. 95 del Código Civil -.
        • La pensión compensatoria: dice el artículo 97 del Código Civil que solo será concedida judicialmente en sentencia cuando se produzca un desequilibrio económico de un conyuge en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento de la situación anterior en el matrimonio. Esta compensión podrá ser abonar mediante prestación única o temporalmente, según se resuelva por el Juez.

      Una vez presentado el convenio regulador ante el Juzgado, el Juez aprobará dicho convenio con su homologación judicial salvo que las medidas incluídas sean perjudiciales para los hijos o los animales en compañía. De ser así ordenará su modificación.

      Otra de las cuestiones clave a tener en cuenta será el régimen de visitas de los abuelos con los nietos. De incluirse en el convenio, el Juez citará a los abuelos para que presten su consentimiento a la medida solicitada relativa al régimen de visitas para con sus nietos.

      ¿Qué ocurre si el convenio regulador se formalizó ante el Letrado de la Administración de Justicia o ante notario?

      Para este tipo de supuesto de hecho en los que el convenio regulador de mutuo acuerdo se pretenda formalizar ante el LAJ o ante notario, si estos garantes observaran que las medidas previstas en el mismo fueran perjudiciales para los menores, para sus padres o para sus mascostas, se advertirá de tal anomalia y se cerrará el expediente.

      Si aún así los conyuges o progenitores consideran que las medidas paterno filiales incluídas en el convenio desestimado por el LAJ o el notario son correctas y deben ser aprobadas, el artículo 90.2, párrafo cuarto, del Código Civil, les abre la vía para reclamarlo judicialmente.

      ¿Puede haber modificación de medidas paternofiliales?

      Las medidas paternofiliales que haya adoptado un Juez, en defecto de acuerdo entre los conyuges, o aquellas homologadas judicialmente, si se hubiera presentado un convenio regulador de mutuo acuerdo, podrán ser modificadas mediante una nueva decisión judicial o por un nuevo convenio regulador, cuando así lo aconsejen nuevas necesidades de los hijos o las circusntancias de sus padres.

      Igual ocurrirá con aquellas medidas acordadas respecto a los animales de compañía.

      Si el convenio regulador fue aprobado por un LAJ o un notario, también podrá ser modificado de darse los citados hechos nuevos.

      El contenido de las medidas paterno filiales en el Código Civil.

      Las relaciones paterno filiales están reguladas en el Título VII del Libro Primero del Código Civil que trata sobre las personas.

      En dicho título se recogen las disposiciones generales para todas ellas, como la patriapostestad, la guarda y custodia, la adopción y otras formas de protección de los menores como pueden ser la guarda y el acogimiento.

      Tambiés debemos mencionar, respecto de la pension alimenticia como medida paternofilial, que su funcionamiento se encuentra recogido en el Título VI del Libro Primero del Código Civil.

      Patria potestad

      La patria potestad es una medida paternofilial de obligado cumplimiento para ambos progenitores que incluye las derechos y obligaciones de los padres para con sus hijos en aras de su protección, bienestar y formación académica.

      Suele atribuirse de manera conjunta a ambos padres, salvo en determinados supuestos que no lo permite, pudiendo llegar a ser modificada y atribuirse de manera exclusiva a uno de ellos. Si quieres saber más visita el artículo legal sobre la patria potestad.

      Guardia y custodia.

      Respecto de la guardia y custodia de los hijos se puede establecer de manera conjunta o compartida por ambos conyuges, pero también podrá determinarse que se ejerza monoparentalmente por uno de los padres cuando las circunstancias concurrentes y el beneficio del menor así lo aconsejen.

      En este último caso, el progenitor no custodio tendrá derecho a un régimen de visitas y de comunicación con sus hijos.

      Los criterios que determinan la elección de una u otra modalidad serán la relación previa con los hijos, estabilidad, disponibililadad horarias de los padres, cercanía entre los domicilios de los padres y la capacidad de atención que puedan tener para con sus hijos.

      Régimen de visitas y comunicación con los hijos.

      Cuando se haya establecido la guardia y custodia a favor de un progenitor, la custodia será monoparental y el progenitor no custodio tendrá derecho a un régimen de visitas con sus hijos.

      Normalmente, en periodos de festivos o vacaciones escolares de los menores, se suelen dividir los periodos de estancia y convivencia con cada progenitor, acordando cuando estarán en compañía de sus hijos.

      En cuanto al régimen de visitas, en algunos casos donde existe buena conviviencia entre los padres se podrá establecer un régimen de visitas tanto entre semana, como en fines de semana alternos. En otros casos más complicados, se pueden realizar visitas supervisadas en centros de familia especializados para ello.

      La pensión de alimentos.

      Como explicamos en profundidad en nuestros artículo jurídico sobre la pensión alimenticia, la misma es una medida paternofilial que se establece a favor de los hijos para cubrir sus necesidades de alimentación, educación, vivienda, sanidad y ocio del menor.

      Su cuantía se calculará atendiendo a los ingresos de los progenitores y las necesidades del menor, básicamente, y será actualizada anulamente conforme al incremente de los precios (IPC) o de acuerdo entre las partes.

      Uso de la vivienda familiar tras la ruptura.

      En la movilidad vertical (fuera del grupo profesional), la empresa debe acreditar razones técnicas u organizativas reales. No basta con invocarlas: deben existir y deben ser proporcionadas a la magnitud del cambio. La jurisprudencia exige que la causa sea real, actual y conectada con el cambio propuesto.

      Régimen de visitas para abuelos y familiares.

      Los abuelos de los hijos menores, siempre que exista conflicto e imposibilidad de llegar a un acuerdo entre los progenitores, podrán solicitar ante los tribunales un régimen de visitas a su favor.

      En este tipo de casos civiles de familia, como en todos, lo principal sera el interés de los hijos menores y su conveniencia a la hora de establecer un régimen de visitas a favor de los abuelos, tanto maternos como paternos.

      Consecuencias y garantías del incumplimiento de las medidas paternofiliales.

      Una vez aprobadas judicialmente las medidas paternofiliales, tras la presentación de un convenio regulador por los progenitores o por la interposición de una demanda civil ante los Juzgados, las mismas serán de obligado cumplimiento para los padres.

      ¿Qué ocurre si un progenitor incumple el régimen de visitas?

      El progenitor que esté cumplimiendo con las medidas aprobadas, en caso de incumplimiento del otro, podrá interponer una demanda de ejecución de títulos judiciales para obligar a cumplir con la resolución que aprobó las medidas.

      Asimismo, en los casos más graves, los Jugzados y Tribunales podrán aplicar multas coercitivas o incluso la modificación de las medidas aprobadas.

      Y ¿ante el incumplimiento en el pago de la pensión de alimentos?

      Igual que ocurre con el resto de medidas paternofiliales que ya se encuentren determinadas por aprobación, el incumplimiento en el pago de la pensión de alimentos por el progenitor obligado a ello, mediante la interposición de un escrito de demanda de ejecución podrá solicitar el pago o, en su caso, medidas de localización y embargo de bienes.

      Debe reseñare, que el impago de pensión alimenticia por el padre o la madre que esté obligado a ello, puede derivar en la investigación de un delito de impago de pensiones que conlleve penas de prisión o de multa en el ámbito penal, con las consecuencias que ello acarrea.

      ¿Se puede establecer garantías ante incumplimientos?

      En efecto, en los convenios reguladores se podrán establecer cláusulas que contengan garantía reales o personales ante el incumplimiento de uno de los conyuges o progenitores, como así prevee el artículo 90.4 del Código Civil.

      ¿Cómo puede ayudarte un abogado de familia?

      Las medidas paternofiliales son esenciales para garantizar el bienestar de los hijos tras una separación, tanto si se establecen de mutuo acuerdo en vía judicial o en escritura pública ante notario, como si es de manera contenciosa tras un proceso civil de familia ante los juzgados, su principal objetivo es proteger los derechos del menor y regular la relación con los progenitores.

      Si necesitas asesoramiento en la regulación de medidas paternofiliales, consulta con nuestros abogados especializados en derecho de civil para asegurar que se garantizan los derechos de tus hijos y se respeten los tuyos propios.