DERECHO PROCESAL PENAL

Detención: qué es, cuánto dura y los derechos del detenido en España

  • Actualizado: 18 de septiembre de 2025
  • Tiempo de lectura: 6 minutos
La detención en España

Tabla de contenidos

1.- ¿Qué es una detención y cuándo procede?

2.- De la detención policial

3.- ¿Quién puede realizar una detención?

4.- ¿Cuánto tiempo dura una detención?

5.- Derechos del detenido en España

6.- ¿Qué ocurre después de una detención?

7.- Preguntas frecuentes sobre la detención en España

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La detención es un procedimiento legal mediante el cual una persona es privada temporalmente de su libertad con el fin de investigar su posible implicación en un delito.

A lo largo de este artículo, analizaremos con abogados penalistas especializados qué es una detención, quién puede llevarla a cabo, cuánto puede durar, qué derechos asisten a la persona detenida, y, además, resolveremos las dudas más frecuentes sobre el proceso de detención y explicaremos cómo se puede impugnar una detención ilegal.

¿Qué es una detención y cuándo procede?

La detención es la privación de libertad de una persona por un período breve con el propósito de investigar su participación en un hecho delictivo o para ponerla a disposición judicial.

La Constitución Española, en su artículo 17, reconoce el derecho fundamental a la libertad y seguridad de las personas, estableciendo que nadie puede ser detenido de manera arbitraria y que toda detención debe producirse en los casos y en la forma previstos por la ley.

En España, la detención debe cumplir con ciertos requisitos legales para ser válida y debe respetar los derechos fundamentales del detenido.

De la detención policial

Lo primero que debe saber es que las personas solo podrán ser detenidas en los casos y en la forma que las leyes prescriban. Teniendo esto claro, el artículo 490 de la LECrim recoge las circunstancias que darán lugar a la detención de las personas:

1º.- Aquellas que intenten cometer un delito en el momento de ir a cometerlo.

2º.- Al delincuente infraganti.

3º.- Al fugado de centro penitenciario.

4º.- Al fugado en el traslado al centro penitenciario.

5º.- Al fugado detenido.

6º.- Al condenado o procesado en rebeldía.

Además, debe tener en cuenta que, la detención no solo podrá ser una detención policial o judicial, sino también ciudadana, siempre y cuando esté justificada. Igual, debemos resaltar que no se podrá llevar a cabo una detención cuando una persona cometa un tipo de delito penal de los clasificados como leves, salvo que no tenga un domicilio conocido o esté localizable ante el Juzgado, cuestión que decidirá el agente policial actuante.

Una vez producida la detención, el detenido pasará a disposión judicial en el plazo máximo de 72 horas, al objeto de decretar su libertad o la prisión provisional, conforme a los artículos 497 a 501 de la LECrim.

«Cualquier persona puede detener:

1.º Al que intentare cometer un delito en el momento de ir a cometerlo.

2.º Al delincuente in fraganti.

3.º Al que se fugare del establecimiento penal en que se halle extinguiendo condena.

4.º Al que se fugare de la cárcel en que estuviere esperando su traslación al establecimiento penal o lugar en que deba cumplir la condena que se le hubiese impuesto por sentencia firme.

5.º Al que se fugare al ser conducido al establecimiento o lugar mencionado en el número anterior.

6.º Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente.

7.º Al procesado o condenado que estuviere en rebeldía.»

Artículo 490 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

¿Quién puede realizar una detención?

La ley establece quiénes tienen la potestad para detener a una persona según el contexto del caso.

Detención por particulares (Artículo 491 LECrim)

Los ciudadanos particulares pueden detener a alguien solo en circunstancias excepcionales, entre otras como:

    • Si se sorprende a una persona cometiendo un delito en flagrante.
    • Si el detenido se ha fugado de la cárcel o de la custodia policial.
    • Si un procesado o condenado está en rebeldía y evade la acción de la justicia.

En estos casos, el ciudadano debe entregar inmediatamente al detenido a las autoridades policiales.

«El particular que detuviere a otro justificará, si éste lo exigiere, haber obrado en virtud de motivos racionalmente suficientes para creer que el detenido se hallaba comprendido en alguno de los casos del artículo anterior«

Artículo 491 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Detención policial (Artículo 492 LECrim)

Los agentes de policía, como así exige el artículo 492 de la LECrim, tienen la obligación de detener a cualquier persona que:

    • Esté cometiendo un delito en flagrante.
    • Tenga una orden de detención pendiente.
    • Se presuma que no comparecerá ante la justicia debido a antecedentes o riesgo de fuga.
    • Se investigue por delitos con penas superiores a prisión correccional.

Sin perjuicio del resto de circunstancias o supuestos previstos en el artículo 490 de la LECrim que hemos examinado con anterioridad.

«La Autoridad o agente de Policía judicial tendrá obligación de detener:

1.º A cualquiera que se halle en alguno de los casos del artículo 490.

2.º Al que estuviere procesado por delito que tenga señalada en el Código pena superior a la de prisión correccional.

3.º Al procesado por delito a que esté señalada pena inferior, si sus antecedentes o las circunstancias del hecho hicieren presumir que no comparecerá cuando fuere llamado por la Autoridad judicial.

Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior al procesado que preste en el acto fianza bastante, a juicio de la Autoridad o agente que intente detenerlo, para presumir racionalmente que comparecerá cuando le llame el Juez o Tribunal competente.

4.º Al que estuviere en el caso del número anterior, aunque todavía no se hallase procesado, con tal que concurran las dos circunstancias siguientes: 1.ª Que la Autoridad o agente tenga motivos racionalmente bastantes para creer en la existencia de un hecho que presente los caracteres de delito. 2.ª Que los tenga también bastantes para creer que la persona a quien intente detener tuvo participación en él.»

Artículo 492 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Orden de detención: ¿Qué significa y cómo se aplica?

Una orden de detención es un mandato judicial que obliga a la policía a arrestar a una persona y ponerla a disposición del juez.

Puede ser:

  • Orden de búsqueda y captura: se emitirá cuando una persona se encuentre en paradero desconocido y el Juzgado o Tribunal requiera su personación ante ellos para que atienda una citación personal.
  • Orden de detención e ingreso en prisión: se dictará cuando una persona ya haya sido condenada y deba cumplir su pena.

En ambas, la persona investigada, acusada o condenada será detenida por las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado y puesta a disposición judicial, antes de ponerla en libertad o enviarla a prisión.

Podemos ayudarte ante una detención

Contamos con abogados expertos en asistencia letrada en comisaría y cuarteles. 

¿Cuánto dura una detención?

En España, como así preve el artículo 496 de la Ley de Enjuciamiento Criminal, la persona que hubiera sido detenida deberá ser puesta en libertad o a disposición judicial en el plazo máximo de 24 horas, pudiendo incurrir el particular, la autoridad o el agente de policía en responsabilidad de no ser así.

En todo caso, la detención no puede prolongarse más allá del tiempo estrictamente necesario para la investigación.

«El particular, Autoridad o agente de Policía judicial que detuviere a una persona en virtud de lo dispuesto en los precedentes artículos, deberá ponerla en libertad o entregarla al Juez más próximo al lugar en que hubiere hecho la detención dentro de las veinticuatro horas siguientes al acto de la misma.

Si demorare la entrega, incurrirá en la responsabilidad que establece el Código Penal, si la dilación hubiere excedido de veinticuatro horas.»

Artículo 496 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Límite máximo de detención en España

El artículo 497 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal nos dice que cuando el detenido se entregue al Juez o Tribunal deberá elevar la detención a prisión provisional o dejarla sin efecto en el plazo máximo de 72 horas, aun cuando hubiera sido el propio Juzgado el encargado de la detención de la persona investigada.

Además, de conformidad con el artículo 520 bis de la LECrim, cuando se investiguen unos hechos por delitos de terrorismo o pertenencia a banda armada, la detención podrá extenderse de las 72 horas ordinarias, otras 48 horas, siempre mediante autorización judicial previa comunicación policial motivada, llegando la misma hasta los 5 días.

Si existiera decretado un estado de alarma, excepción o sitio, la detención podrá alcanzar hasta los 10 días. 

Si se exceden estos tiempos sin justificación, la detención se considerará ilegal.

«Si el Juez o Tribunal a quien se hiciese la entrega fuere el propio de la causa y la detención se hubiese hecho según lo dispuesto en los números 1.º, 2.º y 6.º, y caso referente al procesado del 7.º del artículo 490, y 2.º, 3.º y 4.º del artículo 492, elevará la detención a prisión, o la dejará sin efecto, en el término de setenta y dos horas, a contar desde que el detenido le hubiese sido entregado.

Lo propio, y en idéntico plazo, hará el Juez o Tribunal respecto de la persona cuya detención hubiere él mismo acordado.»

Artículo 497 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Detención preventiva en España

La detención preventiva ocurre cuando una persona es arrestada sin haber sido condenada, con el fin de evitar su fuga o la destrucción de pruebas.

Se diferencia de la prisión preventiva, que solo puede ser ordenada por un juez tras analizar la necesidad de mantener al detenido bajo custodia hasta el juicio.

Derechos del detenido en España

Los derechos del detenido están regulados en el artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y garantizan que toda detención respete las garantías procesales y los derechos humanos.

Listado de derechos del detenido

  • Derecho a ser informado de las razones de su detención.
  • Derecho a guardar silencio y no declarar en su contra.
  • Derecho a asistencia letrada desde el momento de la detención.
  • Derecho a notificar a un familiar o persona de confianza sobre su detención.
  • Derecho a asistencia de un intérprete si no entiende el idioma.
  • Derecho a reconocimiento médico.
  • Derecho a presentar un recurso de habeas corpus en caso de detención ilegal.

¿Qué pasa después de una detención?

Después de ser detenido, una persona puede:

1º.- Ser puesta en libertad sin cargos, es decir, que no se encontrará procesada.

2º.- Quedar en libertad provisional con cargos, es decir, que se encontrará investigada por unos hechos delictivos debiendo quedar a disposición del Juzgado cuando sea requerida.

3º.- Podrá decretarse la prisión provisional si se cumplieran los requisitos establecidos para ello.

La decisión que corresponda deberá ser dictada por el Juez o Tribunal mediante una resolución judicial – AUTO –, previo traslado al Ministerio Fiscal, a las acusaciones particulares y al investigado para que puedan manifestar lo que consideren.

«El auto elevando la detención a prisión o dejándola sin efecto se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal, y se notificará al querellante particular, si lo hubiere, y al procesado, al cual se le hará saber asimismo el derecho que le asiste para pedir de palabra o por escrito la reposición del auto, consignándose en la notificación las manifestaciones que hiciere.»

Artículo 501 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

¿Qué sucede si no se cumplen los plazos de detención?

Si una persona es retenida por más tiempo del permitido sin justificación, puede:

Denunciar la detención ilegal.
Solicitar indemnización por daños y perjuicios.

La denuncia contra los responsables podrá interponerla por sí mismo o con asistencia de un abogado que interpondrá la denuncia en su representación.

¿Se puede salir en libertad con fianza tras una detención?

Tras una detención, el Juez, salvo que lo soliciten cualquiera de las partes acusadoras, deberá acordar la libertad provisional sin fianza.

En cambio, si el Ministerio Fiscal, la acusación particular o popular, solicitan en la causa la libertad provisional con fianza o la prisión provisional del investigado, el Juez deberá decicir y pronunciarse mediante resolución motivada sobre las medidas provisionales solicitadas.

Preguntas frecuentes sobre la detención en España

¿Cuánto tiempo puede durar una detención sin orden judicial?

72 horas máximo, salvo excepciones.

¿Qué pasa si me detienen y no tengo abogado?

Tienes derecho a un abogado de oficio

¿Puedo negarme a declarar tras ser detenido?

Sí, tienes derecho a guardar silencio y a no declarar.

¿Se puede impugnar una detención ilegal?

Sí, a través de un habeas corpus.

¿Cómo puede ayudarte un abogado penalista?

A pesar de que la detención es una medida legal regulada por la ley procesal penal, en ocasiones, las autoridades no respetan los derechos de los detenidos, llevando a cabo detenciones policiales erróneas o sobrepasando los límites temporales o los plazos de la detención, convirtiendo la misma en ilegal.

Si tu o algún familiar, amigo o conocido se encontrara detenido o crees que puede tratarse de una actuación que no se ajuste a la legalidad, nuestros abogados especialistas en Derecho Penal pueden ayudarte asistiendo a la persona detenida en comisaria o denunciando su detención ilegal, solicitando su inmediata libertad mediante el procedimiento habeas corpus, si aún se encontrara la persona detenida.

Asistencia en la detención

ASISTENCIA AL DETENIDO

Representación legal en comisaría

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Contenido verificado por:

Víctor T. González Aguado

Abogado col. 121401 ICAM

Colegio de Abogados de Madrid