EXTRANJERÍA E INMIGRACIÓN

¿Cómo renovar la residencia por arraigo en España?

Renovar la residencia por arraigo es una de las gestiones más frecuentes entre las personas extranjeras que ya han conseguido regularizar su situación en España. Aunque se hable comúnmente de «renovación», suele ser una modificación del tipo de autorización. Infórmate con nosotros.

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  • Actualizado: 23 de septiembre de 2025
  • Tiempo de lectura: 5 minutos

¿Qué significa renovar la residencia por arraigo?

Técnicamente, no se renueva el arraigo, sino que se modifica la autorización de residencia por circunstancias excepcionales hacia una autorización estándar, como puede ser la residencia temporal y trabajo por cuenta ajena o propia. Esto dependerá del tipo de arraigo con el que se obtuvo inicialmente el permiso: social, laboral o familiar.

Requisitos generales para renovar el permiso por arraigo

Para poder renovar tu residencia por arraigo en España debes cumplir con una serie de requisitos generales, independientemente del tipo de autorización inicial:

  • No ser ciudadano de la Unión Europea.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde hayas residido en los últimos cinco años.
  • No figurar como rechazable en países con los que España tenga acuerdos de repatriación.
  • En su caso, tener escolarizados a tus hijos menores si están en edad obligatoria.
  • Solicitar la renovación en plazo: 60 días antes o hasta 90 días después de la caducidad del permiso anterior.

Si presentas la solicitud en plazo, tu autorización anterior se prorroga automáticamente hasta que se resuelva el trámite.

Tipos de renovación según el arraigo concedido

Renovar residencia por arraigo social con contrato de trabajo

Si obtuviste tu arraigo social gracias a una oferta laboral, podrás solicitar una residencia y trabajo por cuenta ajena. Deberás acreditar alguna de estas situaciones:

  • Continuar en la misma relación laboral.
  • Haber trabajado al menos tres meses por año y tener un nuevo contrato.
  • Haber perdido tu empleo por causas ajenas y demostrar búsqueda activa de empleo.
  • Ser beneficiario de prestaciones por desempleo o ayudas públicas de inserción.
  • Que tu cónyuge cumpla los requisitos económicos de reagrupación.

Renovar arraigo social como autónomo

Si regularizaste tu situación como trabajador por cuenta propia, a diferencia del permiso de residencia por estudios en España podrás renovar como residencia y trabajo por cuenta propia.

Para ello es necesario, entre otros requisitos:

  • Mantener la actividad con alta en Seguridad Social (mínimo 9 meses en 12).
  • Cumplir con las obligaciones tributarias.
  • En su caso, demostrar que tu pareja cumple con los requisitos económicos para reagrupación.
  • Acreditar ser beneficiario de protección por cese de actividad.

 

Renovar arraigo social con medios económicos

Si tramitaste el arraigo sin contrato de trabajo pero justificando medios económicos, la modificación será hacia una residencia no lucrativa. Para ello deberás demostrar:

  • Ingresos suficientes (entre el 150% y el 400% del IPREM, según la situación).
  • Cobertura de asistencia sanitaria completa.
  • Acreditación de que no realizarás actividades laborales.

Renovación tras arraigo laboral o familiar

En el caso de haber obtenido una residencia por arraigo laboral o familiar, podrás renovarla cumpliendo con las condiciones estándar: continuidad laboral, contrato vigente, o estar en situación legal con medios económicos suficientes. El procedimiento es similar al del arraigo social.

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Documentación necesaria para renovar el arraigo

Debes reunir la siguiente documentación, según el tipo de renovación:

  • Formulario EX-03 (solicitud de renovación).
  • Pasaporte completo y en vigor.
  • Justificante de medios económicos o contrato de trabajo.
  • Informe de integración social (opcional en algunos casos).
  • Documentación sobre tu actividad laboral si eres autónomo.
  • En caso de violencia de género, certificados o informes judiciales.

Recuerda que cualquier documento extranjero debe estar legalizado y traducido al español por un traductor jurado.

¿Dónde y cómo presentar la solicitud?

Puedes presentar la solicitud:

  • Presencialmente, en la Oficina de Extranjería que te corresponda según tu domicilio.
  • Telemáticamente, a través de la sede electrónica Mercurio.

Las tasas administrativas deben abonarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la admisión de la solicitud (modelo 790, códigos 052 y 062, según proceda).

El plazo de resolución es de tres meses. Si no recibes notificación en ese tiempo, la solicitud se considerará estimada por silencio administrativo positivo.

¿Qué hacer si te deniegan la renovación?

Si la Oficina de Extranjería deniega tu renovación, puedes:

  • Interponer un recurso de reposición.
  • Acudir a la vía judicial mediante un recurso contencioso-administrativo.

Ambas opciones deben hacerse en plazo y preferiblemente con asistencia letrada.

Confía en abogados expertos para renovar tu arraigo

Gestionar correctamente la renovación de tu residencia por arraigo es crucial para no poner en riesgo tu situación legal en España.

En nuestro despacho, contamos con abogados especializados en extranjería que te ayudarán a:

  • Revisar toda tu documentación.
  • Preparar correctamente tu expediente.
  • Presentar tu solicitud sin errores.
  • Actuar con rapidez ante una denegación.
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