EXTRANJERÍA E INMIGRACIÓN

Cómo solicitar arraigo en España

El arraigo en España es una vía legal que permite a ciudadanos extranjeros regularizar su situación migratoria cuando han residido en el país durante un tiempo determinado y bajo ciertas condiciones.

Cómo solicitar arraigo en España
Abogado visado de estudiante en España
  • Actualizado: 27 de noviembre de 2025
  • Tiempo de lectura: 5 minutos

¿Qué es el arraigo?

El arraigo es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Permite a personas extranjeras en situación irregular conseguir un permiso de residencia —y en muchos casos también de trabajo— al demostrar vínculos familiares, sociales, laborales o formativos con el país.

La reforma del Reglamento de Extranjería (en vigor desde el 20 de mayo de 2025) ha ampliado los tipos de arraigo disponibles, ofreciendo más opciones a quienes desean integrarse legalmente en la sociedad española.

Un permiso de residencia por circunstancias excepcionales

Esta autorización se ha convertido en una herramienta fundamental para que padres o madres puedan permanecer de forma legal en España si su hijo es español o comunitario. Además, no exige tiempo mínimo de residencia previa ni un contrato de trabajo.

¿Quiénes pueden solicitarlo en 2025?

En 2025, con la reforma del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), el arraigo familiar para padres de hijos españoles tiene una duración de cinco años e incluye permiso para trabajar tanto por cuenta ajena como propia.

Este permiso está disponible para:

  • Padres o madres de un menor de nacionalidad española.
  • Padres o madres de un menor comunitario.
  • Personas que prestan apoyo a un ciudadano comunitario con discapacidad (siempre que exista vínculo familiar y convivencia).

Tipos de arraigo en España y requisitos

Arraigo familiar

Este permiso está dirigido a quienes tienen vínculos familiares con ciudadanos españoles o comunitarios.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Padre o madre de un menor de nacionalidad española.
  • Hijo de padre o madre originariamente españoles.
  • Cónyuge o pareja registrada de ciudadano español o comunitario.

Requisitos clave:

  • Acreditar el vínculo familiar (certificado de nacimiento o matrimonio).
  • Estar al corriente de las obligaciones paternofiliales si no se convive con el menor.
  • No tener antecedentes penales.

Arraigo social

Es el tipo más común y permite regularizar la situación tras dos años de residencia continuada en España.

Requisitos:

  • Permanencia de al menos 2 años.
  • Informe de integración social emitido por la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento.
  • Vínculos familiares con residentes legales y medios económicos suficientes (200% del IPREM), salvo que el informe recomiende exención.
  • No tener antecedentes penales ni estar en periodo de no retorno.

Arraigo laboral

Dirigido a quienes han trabajado sin autorización, pero pueden demostrar una relación laboral de al menos seis meses.

Condiciones:

  • Residencia continuada de dos años.
  • Relación laboral probada mediante resolución judicial o informe de la Inspección de Trabajo.
  • No se exige contrato actual ni vínculo familiar.

Arraigo para la formación

Pensado para quienes desean realizar formación profesional o estudios reglados en España.

Exigencias:

  • Residencia en España durante al menos 2 años.
  • Estar matriculado o comprometerse a cursar formación válida.
  • Presentar informe de integración social.
  • No tener antecedentes penales.

Arraigo de segunda oportunidad

Aplicable a quienes hayan sido solicitantes de asilo o cuyas solicitudes fueron denegadas, pero han trabajado en España.

Requisitos:

  • Dos años de permanencia.
  • Haber trabajado por cuenta propia o ajena.
  • No haber podido renovar una residencia anterior no ligada al arraigo.
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Documentación para solicitar el arraigo

Independientemente del tipo de arraigo, es fundamental preparar la documentación necesaria:

    • Pasaporte en vigor.
    • Certificado de antecedentes penales de los países donde hayas residido en los últimos 5 años.
    • Empadronamiento histórico que acredite el tiempo de estancia.
    • Documentación específica según el tipo de arraigo (contratos, certificados de nacimiento, informes sociales, etc.).
    • Modelo de solicitud EX-10 (en el caso del arraigo social o familiar).
    • Justificante del pago de la tasa 790 código 052.

Recuerda que cualquier documento extranjero deberá estar apostillado y traducido por traductor jurado. Consulta tu abogado para residencia por arraigo para que te guíe en todo el proceso.

¿Dónde y cómo presentar la solicitud?

Puedes presentar tu solicitud:

    • Presencialmente, en la Oficina de Extranjería de tu provincia.
    • Telemáticamente, a través de la sede electrónica del Ministerio correspondiente (Plataforma Mercurio).

Es recomendable pedir cita previa, preparar todos los documentos y acudir con original y copia. También puedes hacerlo mediante un abogado especializado en extranjería.

Plazo de resolución y siguiente paso

La Oficina de Extranjería tiene un plazo de tres meses para resolver la solicitud. Si no recibes respuesta, se entiende denegada por silencio administrativo. Si se aprueba:

    • Deberás acudir a la Comisaría de Policía a solicitar tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
    • Tendrás que presentar: el modelo EX-17, tres fotos, resolución favorable y justificante de pago de la tasa.

La mayoría de autorizaciones por arraigo permiten trabajar en España por cuenta propia o ajena, sin limitaciones.

Consejos sobre cómo solicitar arraigo en España con éxito

  • Verifica que cumples todos los requisitos según el tipo de arraigo.
  • Reúne y revisa cuidadosamente la documentación.
  • Pide el informe de integración social con antelación si lo necesitas.
  • Si tienes dudas, contacta con un abogado experto en extranjería.
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