EXTRANJERÍA E INMIGRACIÓN

Visado no lucrativo España

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Vivir en España sin trabajar es posible si acreditas al menos 28.800 euros al año.

Índice

    El visado no lucrativo en España permite a una persona de fuera de la Unión Europea residir en el país sin desarrollar ninguna actividad laboral o profesional, siempre que pueda mantenerse con sus propios medios.

    En 2026, el titular debe acreditar 28.800 euros anuales (el 400 % del IPREM), más 7.200 euros por cada familiar que le acompañe. Esos fondos tienen que proceder de rentas, ahorros o pensiones, nunca de un trabajo en España. Es precisamente al justificarlos cuando más solicitudes se complican.

    En este artículo legal, con nuestros abogados de extranjería, te explicamos qué requisitos exige el Reglamento de Extranjería, cómo se acreditan los medios económicos y qué ocurre cuando llega la renovación.

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    • Actualizado: 15 de octubre de 2026
    • Tiempo de lectura: 6 minutos
    Visado no lucrativo España

    ¿Qué es el visado no lucrativo y quién puede solicitarlo?

    El visado no lucrativo en España es una autorización de residencia dirigida a ciudadanos no comunitarios que desean vivir en el país sin realizar actividades laborales o profesionales. Está pensado para personas con ingresos estables o ahorros suficientes que quieran disfrutar de la vida en España sin necesidad de trabajar.

    Este tipo de visado es especialmente popular entre jubilados, rentistas, inversores pasivos o familias que buscan calidad de vida en un entorno seguro, estable y con acceso a servicios de alta calidad.

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    ¿Quieres vivir en España y no sabes si tus ingresos bastan?

    Desde nuestro despacho de abogados de extranjería analizamos el origen, la estabilidad y la documentación de tus fondos antes de la cita consular. No basta con tener el dinero, sino que hay que demostrar que está disponible y que se mantendrá durante toda la residencia. El abogado puede:

    • Calcular los medios exigidos para ti y tu familia y elegir la mejor forma de acreditarlos.
    • Preparar el expediente consular completo, con el seguro médico, los antecedentes penales y el certificado médico.
    • Valorar si te conviene otra vía, como el visado de nómada digital, si vas a trabajar en remoto.
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    Requisitos para obtener el visado no lucrativo en 2026.

    • Tener la documentación identificativa en vigor: pasaporte.
    • No tener antecedentes penales en los países donde haya residido el extranjero en los cinco años anteriores a la entrada prevista en España.
    • No tener prohibida la entrada en el país y no figurar como persona no retornable.
    • Acreditar medios económicos suficientes.
    • Justficar el motivo o la razón en que bases la solicitud de residencia temporal: trabajar, estudiar, agrupación familiar, motivos de arraigo.
    • Documentación personal que acredite los vínculos familiares, las relaciones laborales, los proyectos empresariales o los estudios que pretendas cursar.
    • Certificados de salud y seguros médicos contratados que cubran tus posibles necesidades sanitarias.
    • Otras condiciones específicas: varían según el tipo de permiso .

    Requisitos económicos actualizados.

    Para 2026 deberás acreditar un mínimo de 2.400 € mensuales (28.800, 00 € anuales) para el solicitante principal, lo que equivale al 400% del IPREM. Si en la solicitud se incluye a familiares, deberás sumar el 100% del IPREM por cada uno 600 €/mes adicionales por persona (7.200, 00 € anuales).

    Puedes demostrar tus recursos mediante:

      • Extractos bancarios de los últimos seis meses.
      • Certificados de titularidad y saldo de la cuenta bancaria.
      • Certificados de rentas, planes de pensiones o cualquier otro ingreso pasivo.
      • Fondos invertidos o propiedades en alquiler.

    También se podrán acreditar los medios económicos suficientes con cualquier otro medio de prueba válido en Derecho.

    Seguro y certificado médico.

    Debes contar con un seguro médico privado sin copagos y con todas las coberturas, similares a las del Sistema Nacional de Salud Español, contratado con una aseguradora autorizada en España.

    Además, siempre que la residencia sea superior a seis meses en el país, necesitas acreditar tu estado de salud mediante un certificado médico que en el que se determine que no padeces enfermedades que supongan un riesgo para la salud pública.

    Documentos obligatorios.

    • Pasaporte válido (mínimo un año).
    • Formulario de solicitud EX-01.
    • Certificado de antecedentes penales.
    • Justificante de residencia en la demarcación consular.
    • Prueba de alojamiento (alquiler o propiedad en España).

    Proceso de solicitud: paso a paso.

    Preparación y apostilla de documentos.

    Todos los documentos extranjeros que se presenten en el expediente de extranjería deberán estar apostillados o legalizados y, siempre que se encuentren en un idioma diferente al español, traducidos al castellano por un traductor jurado habilitado para ello.

    Presentación en el consulado.

    La solicitud del visado de residencia no lucrativa tendrá que presentarse en la embajada o el consulado español del país de origen o de residencia legal del extranjero solicitante.

    Para ello, al interesado podrán requerirle reserva de cita previa para acudir al registro a presentar la solicitud e, incluso, ser llamado para reazliar una entrevista personal ante los trabajadores del consulado español.

    Resolución, visado y llegada a España.

    Una vez presentada la solicitud de visado no lucrativo, el órgano competente para su tramitación emitirá la resolución en el plazo de 3 meses desde la entrada por registro de la instancia. De no ser así, se podrá entender que la solicitud fue desestimada por silencio administrativo.

    Si la solicitud hubiera sido concedida, la persona extranjera deberá recoger en el consulado/embajada, en el plazo de 1 meses, el visado de residencia. Tras esto, deberá entrar en España en el plazo de tres meses.

    Al llegar a España, la persona extranjera deberá en el plazo de un mes solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la Comisaria de Policía competente conforme a su lugar de residencia.

    ¿Puedo incluir a mi familia en la solicitud?

    Sí, puedes solicitar el visado no lucrativo para tu cónyuge o pareja registrada, así como para tus hijos menores o familiates dependientes.

    Para ello, como ya expusimos en el apartado anterior sobre los requisitos a cumplir por el solicitante del visado no lucrativo, el solicitante deberá acreditar que dispone de medios económicos suficientes para el sustento del familiar que lo acompañe, siempre por encima de los 600, 00 € mensuales por familiar, además de tener que acreditar el vínculo familiar, ya sea mediante el certificado de matrimonio, de nacimiento o el libro de familia.

    Renovación del visado no lucrativo y acceso a la residencia permanente.

    La vigencia de la autorización inicial de residencia temporal no lucrativa tiene una duración de 1 año, que será renovable por el plazo de dos años hasta en dos ocasiones.

    Una vez cumplidos los cinco años de residencia continuada e ininterrumpida, salvo los periodos habilitados legalmente, podrás solicitar la residencia de larga duración o bien la nacionalidad por residencia, siempre y cuando cumplas con los plazos determinados de residencia continuada.

    ¿Qué puedes hacer con el visado no lucrativo y qué no?

    Sí puedes:

      • Vivir de tus ingresos pasivos o ahorros.
      • Realizar inversiones en empresas, bolsa o bienes inmuebles.
      • Estudiar o hacer prácticas no remuneradas.

    No puedes:

      • Trabajar por cuenta ajena o propia.
      • Realizar actividades profesionales, incluso en remoto.
      • Prestar servicios aunque estén dirigidos a empresas extranjeras.
    • Consulta confidencial y sin compromiso

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    EXTRANJERÍA E INMIGRACIÓN

    ¿Cómo puede ayudarte un abogado con tu residencia no lucrativa?

    La residencia no lucrativa no se consigue de una vez. En cada renovación tendrás que volver a acreditar medios económicos para todo el periodo y demostrar que has vivido realmente en España. Un abogado planifica desde el primer año cómo justificar tus fondos y tus estancias fuera, para que tu camino hacia la residencia de larga duración no se interrumpa.

    Si estás preparando tu traslado a España o se acerca tu renovación, contacta con nuestros abogados de extranjería y reserva una reunión con tus extractos bancarios, tu pasaporte y tu póliza de seguro médico.

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